jueves

pecadores de la padrera.


Esa es la portada de la razón de hoy. Una foto enorme del señor (el otro señor, el que vive abajo ) de sotana, con gesto airado.

Pecadores públicos, seréis excomulgados. Habla directamente a los políticos pro aborto.

De lo que deduzco.Siendo un cargo público no puedes contrariar a la iglesia, cargos privados tranquilos, podeis sacar la pasta de nuestro bolsillos a espuertas o lo que se os ocurra, luego confesais un poco y ya .

Promulgar ideas distintas a las de la doctrina de la iglesia en público es contrariar a dios. Es extender el caos, el desorden moral.

No dejo de preguntarme si esto se lo ha dicho dios directamente o no. De no ser así de ser todo, en estas decadas y lustros, simples intuiciones sobre lo que dios querría que hiciesemos, esta gente va a encontrarse con graves problemas el día del juicio final.

Y luego está lo de los crucifijos. Está mal quitarlos. Porque es su logotipo y si aquello no lleva logo uno no sabe que compra ni que desea ni a donde va ni nada. Uno se pierde.

La iglesia insiste en confundir a Dios con sus ideas, a sus símbolos con los conceptos. Que yo recuerde, la gente que endurece tanto la defensa de sus símbolos, de sus logos, es que algo quiere sacar a cambio. Algo nuestro.

En cualquier caso me interesa la frase. PECADORES PÚBLICOS. Creo que encierra mucho significado, muchas formas de ver el mundo. Si dios está en todas partes, que más da que haya o no crucifijo, que más da que sea público o privado el pecador.

No vale discutir cosas serias si uno de los que discuten está protegido con los inescrutables caminos de dios.

6 comentarios:

  1. Carlos Divar, asiduo de la adoraciòn nocturna y que proclama que su unica guia es Dios,
    Remite a la Presidencia del Congreso de Dipu-
    tados un escrito de fecha 16 de Enero de 2009
    indicando "No se aprecia en las actuaciones ju-
    diciales ningùn indicio de corrupciòn ni anoma-
    lia o situaciòn de indefensiòn", añade tambien
    en el apartado 1º de su escrito d 16 Enero-2009
    "Como consecuencia del accidente de circulaciòn
    sufrido por la Sra. Jimenez..., el 5 de septiem
    bre de 2004,el Juzgado de I. nº 48 de Madrid
    incoa el Juicio de Faltas nº 1069/2004,acordàn-
    dose (OJO) tras el reconocimiento mèdico el
    archivo de las actuaciones,que fuè notificado
    el 29 de abril de 2005".
    Visto lo anterior explicamos:
    1º)Que es obvio, que ningun forense puede
    "acordar el archivo de las actuaciones"
    2º)El Sr. Carlos Divar elude indicar que el
    archivo de las actuaciones se produce por un
    AUTO de fecha 5 de noviembre-2004. Lo correcto
    seria que indicase que --tras dictarse AUTO de
    fecha de 5 noviembre de 2004, se acordò el
    archivo de las actuaciones,que fuè notificado
    el 29 de Abril de 2005--pero elude poner ambas
    fechas una al lado de la otra,para evitar que
    la Presidencia del Congreso vea,que entre la
    fecha en la que se dicta el Auto de 5 de noviem
    bre de 2004 y la fecha en que reconoce fuè
    notificado,"el 29 de abril de 2005" HAN TRANS-
    CURRIDO SEIS MESES,osea,EL TIEMPO QUE PERMANE-
    CIÒ SIN NOTIFICAR EL AUTO OCULTO.
    En esto "no aprecia ningùn indicio de anoma-
    lia" el Sr. Carlos Divar, a pesar de que el
    Còdigo Penal Titulo XIX,Capitulo IV,artìculo
    413,castiga con penas de càrcel de uno a cuatro
    años a la Autoridad o funcionario pùblico que
    OCULTE documentos.
    Pero es que lo notificaron el 29 de Abril
    de 2005,despuès de pretender seguir ocultàndolo
    y lo notificaron cuando la ciudadana se personò
    en el Juzgado acompañada de un miembro de la
    Asociaciòn ANDAPEAJ.(Asociaciòn Nacional de
    Afectados por Errores y Abusos Judiciales)
    3º)"no aprecia ningùn indicio de anomalia" el
    Sr. Carlos Divar ,en lo anterior,ni tampoco,en
    que en el mismo AUTO OCULTO de 5 de noviembre de 2004,el Sr. Juez Baltasar Fernàndez Viudez,
    titular del Juzgado de I. nº 48 de Madrid,
    afirme que " procede decretar el archivo de la
    presente causa, por no ser los hechos denuncia-
    dos constitutivos de infracciòn penal"
    Siendo los hechos denunciados:
    Producir politraumatismos a una ciudadana viaje
    ra de un taxi, por haberse saltado el conductor
    de otro vehìculo,un semàforo en Rojo,con un
    coche que no era el suyo. Codigo Penal,LibroIII
    Titulo Primero,articulos 617,apdo. 1 y articulo
    621 apartado 4.
    4º)A pesar de que el Forense en Acta afirma
    "la ciudadana necesitò 45 dias para curarse de
    sus heridas" el Sr. Juez del Juzgado de I. nº48
    de Madrid,no asignò en el AUTO OCULTO de 5 de
    noviembre de 2004,ninguna cantidad en concepto
    de indemnizaciòn a la ciudadana.
    Beneficiando con esta actuaciòn,de forma
    descarada,a la Compañia de Seguros del conduc-
    tor infractor,que no es otra que LINEA DIRECTA.
    5º)A pesar de que la Comisiòn Central de Asis-
    tencia Jurìdica Gratuita,reconociò tal derecho
    a la ciudadana "en su mas amplia extensiòn",
    la ciudadana no ha podido ejercer los recursos
    previstos en las Leyes, "gracias" a la actuaciòn "ejemplar" del Colegio de Abogados de
    Madrid. Permaneciendo la ciudadana "atada y
    bien atada" judicialmente.
    En todo lo anterior repetimos,el Sr. Carlos
    Divar, "no aprecia ningùn indicio de anomalia".
    La pregunta es :
    ¿actuar de esta forma es pecado? ¿es Dios
    quien guia a este Señor?
    Nosotros pensamos que algunos que dicen
    ser cristianos,respetan muy poco o nada a Dios...

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  2. Por si alguien està interesado en comprobar lo
    que afirmamos,indicamos que el telèfono de la
    Asociaciòn ANDAPEAJ-Guadalajara,es el
    677214648 en horario de tardes.
    Por cierto,nos consta tambien,que el Presidente
    de la Comisiòn de Peticiones del Congreso de
    Diputados,Sr.Pablo Martìn Perè,enviò a la ciuda
    dana unos escritos (el ùltimo de fecha 30 de
    Septiembre de 2009), indicando:
    " ACUERDO: Comunicar al peticionario que se
    està a la espera de la contestaciòn del Ayunta-
    miento de Madrid,al que se trasladò su peti-
    ciòn por acuerdo de la Comisiòn de 30 de Octu-
    bre de 2007 ".
    Si , si, desde el año DOS MIL SIETE,està
    "a la espera" el Congreso de Diputados,de que
    el Ayuntamiento de Madrid,le conteste.
    Significativamente la denuncia de la ciuda-
    dana,se referia a actuaciones presuntamente
    delictivas de la Policia Municipal de Madrid,
    en el mismo accidente de tràfico,en el que
    actuò el Juzgado de I. nº 48 de Madrid,indicado
    en el comentario anterior.En lo referente a la
    actuaciòn de la Policia Municipal indicamos que
    fuè la siguiente:
    1º)A pesar de las circunstancias del accidente
    de tràfico a)ciudadana con politraumatismos
    b)conductor del taxis donde circulaba la ciuda-
    dana con diversas heridas c)taxis en siniestro
    total d)conductor que se salta un semàforo en
    Rojo a las 4 de la madrugada de un sàbado,con
    un coche que no era el suyo...
    Con todas estas circunstancias:
    A)La Policia Municipal (Distrito Mendez Alvaro)
    NO realiza la prueba de la alcoholemia.
    B)Envia un atestado al Juzgado I.nº 48-Madrid,
    indicando que "El resultado de la prueba de la
    alcoholemia es CERO".
    C)Cambia de un "plumazo" la nacionalidad espa-
    ñola-Madrid adjudicando a la ciudadana la de la
    Repùblica Centroafricana...
    C)El jefe de Asuntos Internos de dicha Policia
    Municipal,indica por escrito a la ciudadana que
    "NO SE HA EFECTUADO LA PRUEBA DE LA ALCOHOLEMIA".
    ---------------------------
    Visto lo anterior,entendemos, que pudieron
    haber incurrido en dos presuntos delitos:
    A)Incumplimiento de la Ley de Seguridad Vial
    B) Falsedad en Documento Pùblico-Atestado.
    ---------------------------------
    Enviado escrito por la ciudadana al Ayuntamien-
    to de Madrid,decidieron NO CONTESTAR.
    ¿mirando para otro lado? ¿encubriendo presunta-
    mente presuntos delitos?.
    La Ley de Enujuiciamiento Criminal,dice que
    las Autoridades tienen el deber de perseguir
    los delitos de que tengan noticia...

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  3. Preguntamos al Sr. Camino
    ¿La corrupciòn es pecado ?

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  4. ¿padrera(de padre) o PRADERA(de prado) ?

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  5. sobre le asunto de los crucifijos recuerdo un comentario del comico americano Bill Hicks que decía: Todos los cristianos esperan el regreso del mesias, pero ¿de verdad creen que cuando vuelva le va a hacer gracia ver una cruz? Es como saludar a Jackie Onassis con un colgante de un rifle de francotirador"

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